MVE 2026: SAT establece calendario gradual para la Manifestación de Valor Electrónica

Fecha: 01 de octubre de 2026

1 de octubre de 2026 | Comercio Exterior | ILS

La Manifestación de Valor Electrónica (MVE) tendrá una implementación gradual. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) extendió hasta el 31 de octubre de 2026 la facilidad para que los importadores continúen cumpliendo con la Manifestación de Valor bajo el esquema transitorio vigente, mientras que la transmisión exclusivamente electrónica comenzará de manera escalonada de acuerdo con el régimen aduanero de las mercancías.

Esta actualización representa un punto importante para las empresas que realizan operaciones de importación, ya que deberán revisar sus procesos, documentación y sistemas para prepararse para las fechas correspondientes.

¿Qué es la Manifestación de Valor Electrónica?

La Manifestación de Valor es un mecanismo mediante el cual los importadores proporcionan información relacionada con el valor de las mercancías que ingresan a territorio nacional.

Con la MVE, esta información se integra y transmite electrónicamente a través de la Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior Mexicana (VUTCE), fortaleciendo la trazabilidad documental de las operaciones de comercio exterior.

¿Cuándo será obligatoria la MVE electrónica?

De acuerdo con la actualización publicada por el SAT, la implementación será gradual:

1 de noviembre de 2026
Elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado.

15 de noviembre de 2026
Recinto fiscalizado estratégico.

1 de diciembre de 2026
Tránsito de mercancías.

15 de diciembre de 2026
Depósito fiscal.

1 de enero de 2027
Importación temporal.

15 de enero de 2027
Importación definitiva.

Por lo tanto, las empresas deberán identificar el régimen aduanero de sus operaciones y considerar la fecha que corresponda para preparar la transmisión electrónica.

 ¿Que deben revisar los importadores?

Ante este nuevo calendario, es recomendable que las empresas revisen con anticipación:

  • Información relacionada con el valor de las mercancías.
  • Documentación de las operaciones de compra.
  • Facturas y documentos comerciales.
  • Contratos y órdenes de compra relacionados con la operación.
  • Procesos internos para integrar la información.
  • Responsables de recopilar y validar la documentación.
  • Procedimientos para la transmisión electrónica.
  • Coordinación con agentes y agencias aduanales.

La implementación de la MVE implica una mayor necesidad de organización y trazabilidad de la información utilizada en las operaciones de importación.

No esperes hasta la fecha de obligatoriedad

Aunque existe un periodo transitorio, las empresas pueden aprovechar este tiempo para revisar sus procesos y realizar las adecuaciones necesarias.

Una preparación anticipada puede ayudar a identificar inconsistencias documentales, definir responsables y establecer procedimientos internos antes de que corresponda la transmisión electrónica obligatoria.

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